
La Cámara porteña revocó el fallo que frenaba la baja de la edad de imputabilidad y apartó a la jueza De Marinis
La Sala III porteña dejó sin efecto el sobreseimiento de un adolescente de 14 años acusado de tentativa de robo, respaldó la aplicación del nuevo régimen penal juvenil y apartó a la jueza Laura De Marinis del expediente.
La Sala III de la Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal Juvenil de la Ciudad de Buenos Aires revocó por unanimidad la resolución de la jueza Laura Beatriz De Marinis, quien había declarado inconstitucional la aplicación de la nueva edad de punibilidad y sobreseído a un adolescente de 14 años acusado de participar en un intento de robo en Palermo. Los camaristas Ignacio Mahiques, Jorge Atilio Franza y Patricia Ana Larocca resolvieron que la investigación continúe bajo el Régimen Penal Juvenil y, además, apartaron a la magistrada del expediente.
El caso se originó a partir de un hecho ocurrido el 10 de septiembre, cuando un adolescente de 14 años quedó involucrado en una tentativa de robo. De Marinis había entendido que la reducción de 16 a 14 años establecida por la Ley 27.801 no podía aplicarse en ese expediente y había dispuesto el sobreseimiento. La Fiscalía apeló la decisión y reclamó tanto que se retomara la investigación como que la jueza fuera apartada. Con el fallo de la Cámara, el sobreseimiento quedó sin efecto y deberá designarse otro magistrado para continuar con la causa.
Uno de los principales argumentos de la Cámara fue que De Marinis no había demostrado una contradicción concreta entre la nueva legislación y la Constitución Nacional o los tratados internacionales incorporados a ella. En su voto, Mahiques sostuvo que el control de constitucionalidad no permite que los jueces reemplacen una decisión adoptada por el Congreso simplemente porque consideren preferible otra política criminal. Franza coincidió con el resultado y desarrolló fundamentos propios, mientras que Larocca adhirió al voto de Mahiques.
El tribunal también analizó las referencias internacionales utilizadas para cuestionar la nueva edad de punibilidad. La Convención sobre los Derechos del Niño exige que los Estados establezcan una edad mínima de responsabilidad penal, pero no fija un número determinado. A su vez, la Observación General N.º 24 del Comité de los Derechos del Niño toma los 14 años como referencia mínima general y recomienda que los países que ya cuentan con una edad superior no la reduzcan. Para la Cámara, esas pautas sirven como criterios de interpretación, pero no constituyen por sí mismas una prohibición jurídica para que el Congreso modifique la legislación argentina.
La resolución llega pocos días después de la entrada en vigencia de la Ley 27.801, que puso en marcha el nuevo Régimen Penal Juvenil. El Gobierno nacional ya comenzó a instrumentar su aplicación mediante un programa específico del Ministerio de Justicia, que contempla capacitación de operadores, supervisión de adolescentes, asistencia a víctimas y coordinación entre Nación, provincias y la Ciudad de Buenos Aires.
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